BADAHOYTE S.R.L.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ubicación
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 555571021
- Matrícula de Comercio
- 555571021
Información de Contacto
TELEFONO
Actividades / Rubros
El objeto principal de la sociedad, de manera enunciativa y no limitativa, es dedicarse por cuenta propia, asociada o bajo otra modalidad, a nivel nacional e internacional, a las actividades de intermediación inmobiliaria por comisión. Esto incluye transacciones de compra-venta, alquiler o anticréticos de bienes inmuebles, sean estos lotes, casas, departamentos, locales comerciales y cualquier otro tipo de bien inmueble.
La sociedad podrá realizar también inversiones en la compra y venta de bienes inmuebles, construcción de casas, edificios de departamentos y/o locales comerciales, así como otras actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria y la construcción. Además, podrá participar en concursos privados o licitaciones públicas, nacionales e internacionales, ya sea de forma individual o asociándose permanentemente o accidentalmente (temporalmente) con cualquier persona, individual o colectiva, formando sociedades de riesgo compartido (joint venture) u otro tipo de sociedades nacionales, extranjeras o internacionales.
Para todos estos efectos, la sociedad podrá, ya sea por cuenta propia, ajena o en asociación con terceros, realizar operaciones, inversiones, actos y contratos vinculados con las actividades descritas anteriormente. También podrá crear, organizar y administrar servicios y negocios relacionados con estas actividades, asumir la representación de otras firmas, gestionar todos los beneficios que le correspondan y, en suma, llevar a cabo todo acto o gestión relacionada, directa o indirectamente, con la consecución del objeto social. Asimismo, podrá organizar y participar en otras sociedades nacionales, extranjeras o multinacionales.
La sociedad podrá adquirir y vender franquicias, sean estas nacionales y/o extranjeras, exclusivas o no exclusivas, ya sea dentro del territorio nacional o fuera de él. Para este efecto, la sociedad podrá adquirir estas mismas franquicias en calidad de franquiciado, en virtud de contratos internacionales cuyo objeto sea válido y reconocido por las normas que rigen el derecho civil-comercial del Estado Plurinacional de Bolivia. También podrá pagar regalías por estos contratos de franquicias y, a su vez, cobrar regalías por la venta de las mismas franquicias a los sub-franquiciados, de igual manera que por contratos bajo el amparo de la legislación nacional o extranjera.
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