CHACO ENERGIAS S.A.
SOCIEDAD ANONIMA
Ubicación
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 1020145025
- Matrícula de Comercio
- 1020145025
Información de Contacto
TELEFONO
3452299
77795966
72224859
Actividades / Rubros
La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean éstos personas naturales o jurídicas, públicas o privadas o extranjeras, en forma simultánea o sucesiva, a todo género de actividades, relacionadas con:
1. Operaciones en la Industria Eléctrica en Generación dentro de las normas y permisos contenidos en la Ley de Electricidad, sus Reglamentos, Normas Legales Aplicables, Código de Comercio y disposiciones conexas, así como el cumplimiento y ejecución de cualquier acto o gestión vinculado o relacionado directa o indirectamente a dichas actividades y operaciones.
2. La Sociedad también podrá realizar por si o a través de otras empresas, actividades de Generación y Venta de Energía Eléctrica, Distribución, Servicios y Transmisión en Sistemas Aislados, de acuerdo a la Ley de Electricidad y normas legales aplicables, así como el cumplimiento y ejecución de cualquier acto o gestión vinculado o relacionado directa o indirectamente a dichas actividades, de tal manera que los objetivos de la sociedad queden ampliados más bien que restringidos.
3. La Sociedad también podrá construir, poseer y operar plantas termoeléctricas a gas natural, plantas hidroeléctricas, plantas solares fotovoltaicas, plantas eólicas o de cualquier otra tecnología, así como sus instalaciones auxiliares para la generación e interconexión respectiva.
4. La Sociedad también podrá realizar Inversión, por medio de aporte de capital o bienes, préstamos o participación como socio, asociado y accionista en sociedades o empresas constituidas o por constituirse, para operaciones realizadas o por realizarse para la participación en otras empresas, referidos al numeral 1 precedente.
5. Para el apropiado desenvolvimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna clase, ya sea de naturaleza civil, comercial, industrial, administrativa, judicial o de cualquier otra forma que se relacione directa o indirectamente con los objetivos perseguidos, estándole permitido realizar actividades para sí o para terceros, servicios inherentes a operación, mantenimiento, administración, provisión, de asociación, generación, comercialización, procesamiento cuando legalmente sea posible y dentro de las normas permitidas por ley, efectuar inversiones relacionadas con lo precedente y en general, realizar toda clase de actos comerciales y operaciones cualesquiera sea su carácter legal, incluso financieros, que hagan al objeto de la Sociedad, o estén relacionados con el mismo. Asociado al numeral 1 y 2 precedentes.
6. La sociedad también podrá realizar actividades con Energías Renovables y Energías Alternativas.
A los fines del cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por estos Estatutos. Dentro del giro social, la Sociedad podrá celebrar, entre otros, los actos que sean de beneficio para la Sociedad.
OPERACIONES EN LA INDUSTRIA ELéCTRICA EN GENERAL, DENTRO DE LAS NORMAS Y PERMISOS CONTENIDOS EN LAS LEY DE ELECTRICIDAD , SUS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES CONEXAS , CóDIGO DE COMERCIO , INDICáNDOSE E FORMA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA A ALAS SIGUIENTE , GENERACIóN, VENTA, EXPORTACIóN DE ENERGíA ELéCTRICA POR SI O A TRAVéS DE OTRAS COMPAñíAS SUBSIDIARIA O AFILIADAS , DESOLLAR M, CONSTRUIR POSEER Y OPERAR PLANTAS TERMOELéCTRICAS A GAS NATURAL, PLANTAS HIDROELéCTRICAS O DE CUALQUIER OTRA TECNOLOGíA, ASI COMO SUS INSTALACIONES AUXILIARES PARA EL TRANSPORTE E INTERCONEXIONES EN LA PROVINCIA CARRASCO DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA O EN CUALQUIER PARTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, PARA EL APROPIADO, DESENVOLVIMIENTO DL OBJETO SOCIAL , LA SOCIEDAD PODRá EFECTUAR TODA CLASE DE ACTOS JURíDICOS, OPERACIONES Y CONTRATOS AUTORIZADOS POR LAS LEYES SIN RESTRICCIóN DE NINGUNA CLASE YA SEA SE NATURALEZA CIVIL , COMERCIAL , ADMINISTRATIVA, JUDICIAL O DE CUALQUIER OTRA FORMA QUE SE RELACIONE DIRECTA O INDIRECTA O INDIRECTAMENTE CON LOS OBJETIVOS PERSEGUIDOS , ESTáNDOLE PERMITIDOS SUSCRIBIR CONTRATOS DE OPERACIONES, DE ASOCIACIONES O DE SERVICIO ELéCTRICOS DENTRO DE LA INDUSTRIA ELéCTRICA, PARA SI O PARA TERCEROS LA EMPRESA PODRá REALIZAR COMO ACTIVIDADES DE SERVICIOS INHERENTES A OPERACIONES , MANTENIMIENTO, ADMINISTRACIóN, PROVISIóN , GENERACIóN, COMERCIALIZACIóN, PROCESAMIENTO DENTRO DE LOS SECTORES DE ENERGíA E HIDROCARBURO Y OTRAS ES ESTOS SECTORES , CUANDO LEGALMENTE SEA POSIBLE LA REALIZACIóN SIMULTANEA S VARIAS ACTIVIDADES Y DENTRO DE LAS NORMAS PERMITIDAS POR LEY EFECTUAR INVERSIONES RELACIONADAS CON LO PRECEDENTE Y EN GENERAL REALIZAR TODA CLASE DE ACTOS COMERCIALES Y OPERACIONES CUALQUIERA SEA SU CARáCTER LEGAL , INCLUSO FINANCIEROS, QUE HAGAN AL OBJETO DE LA SOCIEDAD O ESTéN RELACIONADOS CON EL MISMO
La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean éstos personas naturales o jurídicas, públicas o privadas o extranjeras, en forma simultánea o sucesiva, a todo género de actividades, relacionadas con:
1. Operaciones en la Industria Eléctrica en general, dentro de las normas y permisos contenidos en la Ley de Electricidad, sus Reglamentos, Normas Legales Aplicables, Código de Comercio y disposiciones conexas, así como el cumplimiento y ejecución de cualquier acto o gestión vinculado o relacionado directa o indirectamente a dichas actividades y operaciones.
2. La Sociedad también podrá realizar por si o a través de otras empresas, actividades de Generación, Venta y Exportación de Energía Eléctrica y Transmisión asociada a la Generación, de tal manera que los objetivos de la sociedad queden ampliados más bien que restringidos.
3. La Sociedad también podrá construir, poseer y operar plantas termoeléctricas a gas natural, plantas hidroeléctricas, plantas solares fotovoltaicas, plantas eólicas o de cualquier otra tecnología, así como sus instalaciones auxiliares para el transporte e interconexión respectivo.
4. La Sociedad también podrá realizar Inversión, por medio de aporte de capital o bienes, préstamos o participación como accionista en sociedades o empresas constituidas o por constituirse, para operaciones realizadas o por realizarse para la participación en otras empresas.
5. Para el apropiado desenvolvimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna clase, ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra forma que se relacione directa o indirectamente con los objetivos perseguidos, estándole permitido realizar actividades y suscribir contratos de operación, mantenimiento, administración, de asociación, suministro de bienes o de servicios dentro de la Industria Eléctrica, Industrial, Hidrocarburos, Minera, Evaporitica y otras como ser alquiler de inmuebles, muebles, equipos y otros.
6. Para si o para terceros, la empresa podrá realizar como actividades de servicios inherentes a operación, mantenimiento, administración, provisión, generación, comercialización, procesamiento, suministro, dentro de los sectores de la Industria Eléctrica en general, Industrial, Hidrocarburos, Minera, Evaporitica y otras vinculadas a estos sectores, cuando legalmente sea posible, la realización simultanea de varias actividades y dentro de las normas permitidas por Ley, efectuar inversiones relacionadas con lo precedente y en general, realizar toda clase de actos comerciales y operaciones cualesquiera sea su carácter legal, incluso financieros, que hagan al objeto de la Sociedad, o estén relacionados con el mismo. A los fines del cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las Leyes o por estos Estatutos. Dentro del giro social, la Sociedad podrá celebrar, entre otros, los actos que sean de beneficio para la Sociedad.
7. La sociedad también podrá realizar actividades con Energías Renovables y Energías Alternativas.
8. La Sociedad podrá también realizar actividades fuera del sistema Interconectado Nacional Boliviano.
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