Empresa de Servicios del Oriente SuaznabarKepner S.R.L.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ubicación
Provincia
ANDRES IBAÑEZ
Municipio
SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Dirección
24 DE MAYO Nro. S/N
Geolocalización
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 525677026
- Matrícula de Comercio
- 525677026
Información de Contacto
TELEFONO
77163043
Actividades / Rubros
La actividad inmobiliaria en general entendida en su más amplia acepción, así como también la promoción de todo tipo de inmuebles. La sociedad se dedicará a la adquisición y enajenación, por compraventa o por cualquier otro título, y arrendamiento no financiero de toda clase de edificios, terrenos y bienes inmuebles en general, por cuenta propia o ajena de todo tipo de terrenos y edificaciones. Igualmente, tiene por objeto la realización de cualquier tipo de operaciones comerciales, mobiliarias e inmobiliarias, relacionadas con dicho objeto y la prestación de cualesquiera servicios relacionados con la promoción inmobiliaria, actividades de representación, comisión, agencia y mediación en la comercialización de inmuebles, así como la planificación y realización de operaciones urbanísticas. Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a la prestación de servicios de consultoría y asesoría inmobiliaria de gestión, desarrollo y comercialización de activos inmobiliarios y de asistencia técnica. Por otro lado, la sociedad podrá dedicarse a la contrucción, planeación, desarrollo, supervisión, administración por cuenta propia o asociado con terceros, de toda clase de obras de arquitectura e ingeniería. Podrá construir por si misma o con terceros, toda clase de obras y edificaciones, sean públicas o privadas. Para el apropiado desenvolvimiento del objeto social, la Sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna clase, ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra forma que se relacione directa o indirectamente con los objetivos perseguidos, sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean éstos personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en forma simultánea o sucesiva, a todo género de actividades. En tal sentido, se establece que para el cumplimiento de las actividades que constituyen el objeto de la Sociedad, ésta podrá celebrar o ejecutar en su propio nombre, por cuenta de terceros, o en participación con ellos, todos los actos u operaciones sobre bienes muebles e inmuebles que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue y que puedan favorecer o desarrollar sus actividades o las de aquellas empresas o sociedades en las cuales tenga interés. Consecuentemente podrá adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles, construir sobre ellos, permutar o negociar, hipotecarlos o gravarlos, según sea el caso, celebrar contratos de arrendamiento relativos a dichos bienes; solicitar, tramitar, gestionar y obtener créditos comerciales, financiamientos, empréstitos y créditos fiduciarios, prendarios, hipotecarios o de cualquier otra clase, pudiendo para su formalización gravar o pignorar los bienes muebles, inmuebles, valores o derechos de cualquier naturaleza que tenga la sociedad; abrir cuentas corrientes y hacer uso de los diversos servicios bancarios y financieros disponibles a nivel nacional e internacional. Podrá solicitar, adquirir, usar, enajenar, registrar, comprar, poseer en dominio, vender, permutar, explotar y otorgar nombres comerciales y emblemas, patentes, licencias, procedimientos de manufactura, marcas de fábrica, marcas de comercio y otras formas de derecho de propiedad intelectual, agrícola, industrial o comercial; participar, entrar, hacer o desarrollar licitaciones y contratos de cualquier clase con cualquier persona ya sea esta natural o jurídica, pública o privada; la representación e intermediación de casas extranjeras; la inversión en sociedades nacionales o extranjeras ya sea adquiriendo acciones en las sociedades de capital ya constituidas o suscribiendo capital en nuevas sociedades por constituirse; La Sociedad realizará su objeto social por cuenta propia o bien contratado los servicios de terceros y, en general, para cualquier efecto y para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, mercantiles, laborales o industriales que no estén prohibidos por la ley.
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