GRUPO 12 S.R.L.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ubicación
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 538094022
- Matrícula de Comercio
- 538094022
Información de Contacto
TELEFONO
76014464
Actividades / Rubros
“La sociedad tendrá por objeto dedicarse a lo siguiente:
1. Planificación, diseño, desarrollo, ejecución, construcción y comercialización de obras civiles comerciales, familiares, industriales y de infraestructura, como ser centros y locales comerciales, patios de comidas, locales de oficinas, edificaciones familiares, industriales, condominios, urbanizaciones, avenidas, carreteras, puentes, y todo tipo de obras de ingeniería, arquitectura, diseño y ejecución, incluyendo el sector público y privado; compra, venta, comercialización y arrendamiento de bienes inmuebles urbanos o rurales; asesoramiento en inversiones y desarrollos inmobiliarios en general; todo dentro de las normas y permisos contenidos en las leyes especiales, sus reglamentos y disposiciones conexas;
2. Inversión de recursos propios en sociedades nacionales o extranjeras de todo tipo, ya sea adquiriendo acciones, cuotas de capital o cualquier otro título de participación en sociedades, entes, organizaciones, fondos o cualquier otra figura legal que permita la inversión de recursos. Así mismo, podrá invertir en papeles o documentos de renta fija, variable, estén o no inscritos en el mercado de valores. En todo caso, los emisores y/o receptores de la inversión, pueden ser de carácter público, privado o mixto, nacionales o extranjeros;
3. Inversión en la producción agrícola, pecuaria, agroindustrial, cultivo de todo tipo de granos, cría de ganado vacuno, porcino, caballar, agricultura, piscicultura, comercialización, servicios conexos y otros;
4. Importación, exportación y comercialización de insumos, materiales de construcción o maquinaria, equipos, herramientas y todo lo relativo al objeto de la sociedad; podrá además llevar a cabo la representación de firmas y marcas nacionales y extranjeras.
Esta enunciación no será interpretada como una limitación o restricción y en el evento de cualquier ambigüedad, este artículo será interpretado de tal manera que los objetivos de la sociedad queden ampliados más que restringidos.
Para el apropiado desenvolvimiento del objeto social, la sociedad podrá efectuar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos autorizados por las leyes sin restricción de ninguna clase, ya sea de naturaleza civil, comercial, administrativa, judicial o de cualquier otra forma que se relacione directa o indirectamente con los objetivos perseguidos, sea por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean éstos personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, en forma simultánea o sucesiva, a todo género de actividades. En tal sentido, se establece que para el cumplimiento de las actividades que constituyen el objeto de la Sociedad, ésta podrá celebrar o ejecutar en su propio nombre, por cuenta de terceros, o en participación con ellos, todos los actos u operaciones sobre bienes muebles e inmuebles que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue y que puedan favorecer o desarrollar sus actividades o las de aquellas empresas o sociedades en las cuales tenga interés. Consecuentemente podrá adquirir o enajenar bienes muebles e inmuebles, construir sobre ellos, permutar o negociar, hipotecarlos o gravarlos, según sea el caso, celebrar contratos de arrendamiento relativos a dichos bienes; solicitar, tramitar, gestionar y obtener créditos comerciales, financiamientos, empréstitos y créditos fiduciarios, prendarios, hipotecarios o de cualquier otra clase, pudiendo para su formalización gravar o pignorar los bienes muebles, inmuebles, valores, o derechos de cualquier naturaleza que tenga la sociedad; abrir cuentas corrientes y hacer uso de los diversos servicios bancarios y financieros disponibles a nivel nacional e internacional. Podrá solicitar, adquirir, usar, enajenar, registrar, comprar, poseer en dominio, vender, permutar, explotar y otorgar nombres comerciales y emblemas, patentes, licencias, procedimientos de manufactura, marcas de fábrica, marcas de comercio y otras formas de derecho de propiedad intelectual, agrícola, industrial o comercial; participar, entrar, hacer o desarrollar licitaciones y contratos de cualquier clase con cualquier persona ya sea esta natural o jurídica, pública o privada; la representación e intermediación de casas extranjeras; la inversión en sociedades nacionales o extranjeras ya sea adquiriendo acciones en las sociedades de capital ya constituidas o suscribiendo capital en nuevas sociedades por constituirse; La Sociedad realizará su objeto social por cuenta propia o bien contratando los servicios de terceros y, en general, para cualquier efecto y para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, mercantiles, laborales o industriales que no estén prohibidos por la ley.”
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