GRUPO INMOBILIARIO DAULAT S.A.
SOCIEDAD ANONIMA
Ubicación
Provincia
ANDRES IBAÑEZ
Municipio
SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Dirección
GENERAL SAAVEDRA
Nro. 7
Ed. TORRE CAINCO
Piso 12
Geolocalización
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 585867024
- Matrícula de Comercio
- 585867024
Información de Contacto
TELEFONO
33301166
Actividades / Rubros
Como OBJETO SOCIAL, la Sociedad realizará por cuenta propia, ajena o asociada con terceros, tanto en el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia como en el extranjero las siguientes actividades:
1.- Toda clase de actividades inmobiliarias, tales como la compraventa y comercialización, promoción y publicidad de inmuebles, lotes de terrenos, casas, propiedades, edificios, desarrollo de urbanizaciones.
2.- Construcción de edificaciones, casas, proyectos inmobiliarios, servicios a la industria de la construcción, inmobiliaria, desarrollo de propiedades, fondos rusticos, propiedades, desarrollo urbanistico y comercialización de lotes, terrenos, edificios, departamentos y casas.
3.- Inversiones en otras sociedades de igual o similar objeto social, mediante la compraventa de acciones, cuotas de capital de sociedades comerciales, industriales, de servicios e inversiones.
4.- La elaboración de toda clase de estudios y la realización de actividades de investigación, información, difusión y formación vinculadas con su objeto social.
5.- La realización de trabajos de consultoría y asistencia técnica en materia de inmuebles, así como la ejecución de obras de edificación, rehabilitación, demoliciones, remodelación y conservación, que se efectúen en inmuebles urbanos o rurales.
6.- La construcción, rehabilitación, administración y promoción de viviendas, terrenos y edificaciones.
7.- La compra, venta, arrendamiento, anticresis de viviendas, locales de negocio y edificaciones complementarias, en proyecto de ejecución o terminadas, y la adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios y proyectos precisos para la construcción y rehabilitación de viviendas, así como la adquisición de cualesquiera bienes inmuebles para el desarrollo de la propia actividad.
8.- La redacción y gestión de planes urbanísticos y de instrumentos de ordenación territorial y de planeamiento urbanístico, general y de desarrollo, en toda clase, categoría y subcategorías de suelos, por iniciativa de la propia Sociedad o encomendado por otras Entidades o Administraciones públicas o privadas.
9.- La actividad urbanizadora, tanto para promoción y transformación de suelo de cualquier clasificación, categoría, subcategoría y uso, como para la realización de obras de infraestructura urbana, dotación de servicios o ejecución de los planes de ordenación, así como la edificación industrial y terciaria, y la posible gestión y explotación de obras y servicios resultantes de dicha actuación.
10.- Todos los actos jurídicos, negociando y acordando los contratos que en derecho se requieran, así como solicitar, obtener, adquirir y mantener a cualquier título legítimo, derechos, licencias, permisos y registros de cualquier tipo y realizar las operaciones, negocios, negociaciones, gestiones y otros de cualquier naturaleza sin limitación alguna para el mejor cumplimiento de su objeto, incluyendo todos los actos y contratos de carácter civil, comercial, bancarios del trabajo, seguridad social, administrativos, tributarios y demás requeridos y necesarios.
11.- Las inversiones podrá realizarlas en Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, sus equivalentes u otras sociedades legalmente establecidas, que operen en cualquier sector de actividad en Bolivia o en el extranjero, sin restricción alguna y bajo las formas y modalidades reconocidas por normas legales aplicables, con plenitud de facultades para realizar toda clase de actos jurídicos, negociar y acordar todos los contratos que en derecho se requieran. Podrá asimismo realizar otras inversiones en actividades legalmente establecidas con sujeción a las normas legales aplicables. Con tal objeto la sociedad podrá realizar todos los actos, gestiones, procedimientos y otros autorizados por la legislación boliviana y en especial, sin que esta enumeración limite sus facultades y actividades, suscribir toda clase de contratos, sean civiles, comerciales, u otros; acordar asociaciones, negocios conjuntos, contratos de riesgo compartido, sociedades y otras formas de participación con terceros, sean personas o sociedades particulares, nacionales o extranjeras, o empresas y entidades del sector público o privado de Bolivia; comprar, arrendar o recibir a cualquier otro título toda clase bienes, equipos, instalaciones u otros; celebrar toda clase de contratos y convenios en el orden laboral y de seguridad social; realizar todo tipo de operaciones bancarias y financieras y en suma realizar todos los actos jurídicos, suscribir, otorgar y cumplir todos los contratos, que fueren necesarios para el debido cumplimiento del objeto para el cual se constituye la sociedad, sin restricción de clase alguna, salvo las restricciones establecidas por ley.
En general toda otra actividad que pueda relacionarse con el objeto descrito precedentemente.
A fin de cumplir con las actividades descritas, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes vigentes o por su estatuto, contando asimismo con plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con aquel y que se encuentren señaladas en el Código de Comercio y leyes relativas.
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