GRUPO LAINCO S.R.L.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ubicación
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 701760024
- Matrícula de Comercio
- 701760024
Información de Contacto
TELEFONO
76999166
75718103
Actividades / Rubros
La sociedad tendrá por objeto principal dedicarse, por sí o asociada con terceros, en el ámbito nacional e internacional, a las siguientes actividades:
3.1.- Importación y comercialización de repuestos, llantas, aceites para todo tipo de vehículo automotor.
3.2.- Importación y comercialización de insumos de librería, papelería, ropa de trabajo, y material de escritorio.
3.3.- Importación y comercialización de insumos y equipos médicos.
3.4.- Industrialización, comercialización y exportación de fertilizantes y abono natural y mineral.
3.5.- Prestación de servicios mecánicos para vehículos automotores.
3.6. Asimismo, la sociedad podrá participar en licitaciones, contrataciones, concesiones y asociaciones, suscribir contratos de obra, suministro y servicios, formar consorcios, asociaciones accidentales o cualquier otra modalidad permitida por la normativa vigente, y realizar toda actividad conexa, complementaria o necesaria para el cumplimiento de su objeto social, realizar los actos y contratos de toda índole, así como contratos mercantiles que corresponden a una persona jurídica y realizar todas las actividades civiles y comerciales señaladas en el Código de Comercio y leyes relativas conforme a las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia.
3.7. De la misma manera, podrá ampliar su ámbito de acción y giro social, a cuantas actividades sean necesarias dentro de su rubro, tales como tomar joint venture, franquicias, representaciones, distribuciones, alianzas estratégicas o holdings por fusión, y/o por ser empresa vinculada, cumpliendo con todas las normas legales aplicables en el orden tributario y fiscal.
La no enunciación de cualquier tipo de operación o negocio jurídico legal autorizado por las leyes del estado plurinacional de Bolivia no será impedimento para su ejecución y para el normal desenvolvimiento, funcionamiento y cumplimiento de los objetivos de la sociedad.
3.8.- Así también la sociedad podrá dedicarse a la importación y comercialización de productos de construcción y ferretería. 3.9.- La sociedad podrá dedicarse a la comercialización, compra, venta, distribución, importación y exportación de explosivos, accesorios de voladura, agentes de voladura, sustancias químicas controladas y maquinaria o herramientas para uso minero.
La sociedad tendrá por objeto principal dedicarse, por sí o asociada con terceros, en el ámbito nacional e internacional, a las siguientes actividades:
3.1.- Importación y comercialización de repuestos, llantas, aceites para todo tipo de vehículo automotor.
3.2.- Importación y comercialización de insumos de librería, papelería, ropa de trabajo, y material de escritorio.
3.3.- Importación y comercialización de insumos y equipos médicos.
3.4.- Industrialización, comercialización y exportación de fertilizantes y abono natural y mineral.
3.5.- Prestación de servicios mecánicos para vehículos automotores.
3.6. Asimismo, la sociedad podrá participar en licitaciones, contrataciones, concesiones y asociaciones, suscribir contratos de obra, suministro y servicios, formar consorcios, asociaciones accidentales o cualquier otra modalidad permitida por la normativa vigente, y realizar toda actividad conexa, complementaria o necesaria para el cumplimiento de su objeto social, realizar los actos y contratos de toda índole, así como contratos mercantiles que corresponden a una persona jurídica y realizar todas las actividades civiles y comerciales señaladas en el Código de Comercio y leyes relativas conforme a las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia.
3.7. De la misma manera, podrá ampliar su ámbito de acción y giro social, a cuantas actividades sean necesarias dentro de su rubro, tales como tomar joint venture, franquicias, representaciones, distribuciones, alianzas estratégicas o holdings por fusión, y/o por ser empresa vinculada, cumpliendo con todas las normas legales aplicables en el orden tributario y fiscal.
La no enunciación de cualquier tipo de operación o negocio jurídico legal autorizado por las leyes del estado plurinacional de Bolivia no será impedimento para su ejecución y para el normal desenvolvimiento, funcionamiento y cumplimiento de los objetivos de la sociedad.
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