MINERA PROSPECTOR S.R.L.

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Ubicación

Provincia MURILLO
Municipio LA PAZ
Dirección

11 Nro. 503
Ed. TORRE CALACOTO Piso 10

Geolocalización

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Información Legal

Número de identificación tributaria (NIT)
527671029
Matrícula de Comercio
527671029

Información de Contacto

TELEFONO

71230303

Actividades / Rubros

Realizar por cuenta propia, ajena o asociada a terceros, tanto en Bolivia como en el extranjero, las siguientes actividades: 1. Desarrollar actividades propias de minería, prestar los servicios inherentes a dichas actividades, tales como prospección, exploración, explotación, concentración, fundición, refinación y comercialización de minerales y metales; además podrá realizar inversiones mineras, debiendo, asimismo, efectuar importaciones y exportaciones de materiales, equipos y maquinarias destinadas a ese rubro, asumir trabajo en contratos directos o en subcontratos, cumpliendo con las normas y disposiciones legales. 2. Celebrar toda clase de contratos dentro del marco legal, que se requieran para el desarrollo del objeto. 3. La Sociedad podrá participar directa o indirectamente en todo negocio, sociedad o emprendimiento que tenga un objeto corporativo similar o relacionado. Para este efecto, la Sociedad podrá cooperar con, participar en, o, de cualquier otra manera, directa o indirectamente, formar parte en otros negocios que tengan un objeto similar o relacionado, o facilitar la realización del mismo. En cumplimiento de sus fines, la Sociedad podrá realizar sin reserva, ni limitación alguna, toda clase de catos y celebrar todo tipo de contratos civiles, mercantiles, financieros y de cualquier naturaleza que resulten convenientes al interés social. La Sociedad podrá celebrar todo tipo de acuerdos, convenios y negocios jurídicos relacionados con el desarrollo de su objeto social tales como: compra venta; Contratos de Riesgo Compartido – Joint Ventures; Leasings; Contratos de Asociación Accidental; participar como asociado, socio y/o en actividades de empresas o sociedades que desarrollen actividades relacionadas con su objeto o que provean bienes indispensables para el cumplimiento del mismo. Esta enunciación no debe ser interpretada como una limitación o restricción ante cualquier ambigüedad, por el contrario, este artículo será interpretado de manera tal que los objetivos de la Sociedad queden ampliados de manera bastante y suficiente. Por tanto, la Sociedad queda plenamente facultada a realizar todas las operaciones, actos civiles y comerciales, así como contratos de cualquier clase que sean permitidos por la normativa sin limitación alguna. Asimismo, la Sociedad podrá celebrar y ejecutar, en general, todos los actos y contratos preparatorios y complementarios o accesorios de todos los anteriores que se relacionen con al existencia y el funcionamiento de la Sociedad.

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