PAPTO S.R.L.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Ubicación
Provincia
ANDRES IBAÑEZ
Municipio
SANTA CRUZ DE LA SIERRA
Dirección
BALLIVIAN Nro. 769
Geolocalización
Información Legal
- Número de identificación tributaria (NIT)
- 705465023
- Matrícula de Comercio
- 705465023
Información de Contacto
TELEFONO
77167867
Actividades / Rubros
(OBJETO SOCIAL). - I. El objeto principal de la sociedad será la planificación, promoción, desarrollo, ejecución, inversión, administración y comercialización de proyectos inmobiliarios de toda naturaleza, con fines patrimoniales y comerciales. En este marco, la sociedad podrá:
A) Adquirir, comprar, vender, permutar, arrendar, alquilar, subdividir, urbanizar, lotear, fraccionar, desarrollar, administrar, mantener, conservar, gravar, hipotecar, dar en anticrético, comodato, usufructo, uso, garantía u otra forma legal de disposición sobre bienes inmuebles de su propiedad o de terceros, tales como edificios, casas, departamentos, terrenos, fundos rústicos, propiedades agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales o mixtas.
B) Diseñar, planificar, construir, edificar, desarrollar, ampliar, remodelar y ejecutar toda clase de obras civiles, arquitectónicas y proyectos inmobiliarios, incluyendo urbanizaciones, condominios, viviendas, centros comerciales, industriales y cualquier otro tipo de infraestructura.
C) Promover, ofertar, comercializar, intermediar y transferir bienes inmuebles mediante venta directa, preventa, corretaje, intermediación inmobiliaria o cualquier otra modalidad legal permitida.
D) Administrar bienes inmuebles propios o de terceros, incluyendo la gestión de arrendamientos, administración de condominios, cobranza de cánones, mantenimiento, conservación y demás servicios vinculados a la gestión inmobiliaria.
E) Percibir rentas, cánones, utilidades, dividendos, regalías, plusvalías o cualquier otro ingreso derivado de la explotación, administración, comercialización o disposición de bienes inmuebles o proyectos inmobiliarios.
F) Participar en el capital de otras sociedades, asociaciones accidentales, consorcios, fideicomisos u otras formas de organización, vinculadas directa o indirectamente con actividades inmobiliarias, pudiendo realizar aportes en dinero, bienes, derechos o cualquier otro activo susceptible de valoración económica, con fines de inversión, administración o participación.
G) Gestionar y estructurar financiamiento para el desarrollo de proyectos inmobiliarios propios o de terceros, incluyendo la obtención de créditos, la constitución de garantías reales o personales y la participación en esquemas de inversión, todo ello conforme a la normativa vigente y sin realizar actividades de intermediación financiera regulada.
H) Importar, exportar, comercializar y distribuir materiales, insumos, equipos y bienes relacionados con la gestión, mantenimiento y administración de bienes inmuebles y proyectos inmobiliarios.
I) Constituir y otorgar garantías reales o personales, incluyendo hipotecas, prendas u otros instrumentos jurídicos sobre bienes muebles o inmuebles de su propiedad, con la finalidad de garantizar obligaciones propias o vinculadas al financiamiento y desarrollo de sus actividades.
II. Adicionalmente, la sociedad podrá realizar como actividades complementarias:
A) Celebrar y ejecutar toda clase de contratos civiles y comerciales, incluyendo, entre otros, contratos de mutuo, comodato, leasing financiero u operativo, anticrético, fideicomiso, mandato y otros vinculados a sus bienes y actividades.
B) Adquirir, enajenar y administrar acciones, cuotas de capital, participaciones societarias, títulos valores y otros instrumentos financieros, con fines de inversión, administración o participación.
C) Adquirir, registrar, licenciar, ceder, transferir y explotar marcas, patentes, signos distintivos y otros derechos de propiedad intelectual e industrial vinculados a su objeto social.
III. Adicionalmente, la sociedad podrá realizar como actividades terciarias:
A) La producción, industrialización, transformación, acopio, almacenamiento, transporte, comercialización y exportación de carbón vegetal y sus derivados, pudiendo desarrollar todas las actividades conexas, accesorias y complementarias necesarias o convenientes para el cumplimiento de dicho fin, tanto en el mercado interno como en el externo.
B) La fabricación, elaboración, diseño, ensamblaje, producción, transformación, restauración, comercialización, distribución, importación y exportación de muebles rústicos, finos y, en general, de todo tipo de mobiliario, tanto para el mercado interno como internacional, incluyendo el uso de madera y otros materiales afines; así como la realización de todas las actividades conexas, accesorias y complementarias necesarias o convenientes para el cumplimiento de dicho fin.
C) La sociedad podrá desarrollar actividades propias de aserradero, incluyendo el aprovechamiento, manejo, explotación, corta, transformación, industrialización, almacenamiento, transporte y comercialización de madera y productos forestales maderables y no maderables, provenientes de predios propios o de terceros; así como la reforestación y otras actividades forestales complementarias, todo ello en estricto cumplimiento de la normativa forestal y ambiental vigente.
IV. Para llevar a cabo su objeto y practicar las actividades relacionadas a él, la sociedad podrá realizar todas las operaciones, actos y contratos permitidos por el Código Civil, Código de Comercio y las disposiciones legales aplicables, asimismo podrá realizar todas las actividades industriales, comerciales y otras inherentes o accesorias a su objeto social, siendo las enumeradas meramente enunciativas y no limitativas.
V. La sociedad podrá abrir sucursales propias, o agencias comerciales o representaciones a cargo de terceros, en cualquier otro punto del Departamento de Santa Cruz o al interior y/o exterior del país, como también podrá registrar, adquirir, enajenar o disponer de marcas, nombres comerciales, patentes y otros derechos de propiedad intelectual que estén debidamente inscritos en el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI.).
VI. Este objeto social solamente podrá ampliarse o modificarse por acuerdo de la Asamblea General de Socios, motivando la reforma de la presente escritura, y su inscripción posterior ante El Servicio Plurinacional De Registro De Comercio (SEPREC).
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